Artículo 73.
Artículo 73 del Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco. · BOE-A-2014-5595
Atención: Decreto Legislativo 1/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el ámbito de cada territorio histórico existirá un Consejo Territorial de Pesca, con la composición y funciones que reglamentariamente se determinen.