Artículo 72. Delegación de facultades y de firma.
Artículo 72 de la Resolución de 28 de marzo de 2000, del Consejo de Gobierno del Banco de España, por la que se aprueba el Reglamento Interno del Banco de España. · BOE-A-2000-6533
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-04-10.
Texto consolidado
1. Los Directores generales podrán delegar facultades concretas de las que les hayan sido encomendadas, en los Jefes de oficina adscritos a su Dirección.
2. Los Directores generales podrán efectuar delegaciones de firma para el adecuado funcionamiento de los servicios a su cargo.