Artículo 72. Mutación interna.
Artículo 72 de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra. · BOE-A-2007-9893
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-13.
Texto consolidado
Los Departamentos u Organismos públicos que precisen bienes o derechos de dominio público adscritos a otro los solicitarán al Departamento competente en materia de patrimonio que, previa audiencia de los interesados, decidirá sobre el destino de aquéllos mediante resolución motivada.