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Ley Derogada

Artículo 72. Procedimientos administrativos.

Artículo 72 de la Ley 9/1998, de 2 de julio, de Caza de La Rioja. · BOE-A-1998-16489

Atención: Ley 9/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La tramitación de los procedimientos administrativos afectados por esta Ley se hará de conformidad con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 3/1995, de 8 de marzo, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en sus normas reglamentarias de desarrollo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-10-10.

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