Artículo 72. Modificación de la Ley 20/1987, de 7 de octubre, sobre tasas que deben satisfacer los solicitantes y concesionarios de patentes europeas por determinadas actividades a realizar en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Artículo 72 de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006. · BOE-A-2005-21525
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.
Texto consolidado
Se modifica el artículo primero, letras b), c) y d), en la cuantía dada a las tasas, que queda redactado de la siguiente forma:
«b) Tasa por los conceptos señalados en el apartado a), cuando se aporte la traducción en soporte magnético: 97,00 euros.
c) Tasa por publicación de un fascículo de patente europea tal y como haya sido concedida, o como haya sido modificada y concedida tras el procedimiento de oposiciones, traducido al español, o de su revisión: Hasta 22 páginas: 276,57 euros. Por cada página adicional: 11,11 euros.
d) Tasa por los conceptos señalados en el apartado c), cuando se aporta la traducción en soporte magnético en las condiciones técnicas que se fijen por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio: Hasta 22 páginas: 234,20 euros. Por cada página adicional: 8,88 euros.»
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- Ver la norma completa: Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006.