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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 72. Tipo impositivo y cuota tributaria.

Artículo 72 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2004-1739

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.

Texto consolidado

La cuota tributaria será el resultado de aplicar a la base imponible los siguientes tipos impositivos:

a) 35 euros por tonelada de residuos peligrosos que sean susceptibles de valorización.

b) 15 euros por tonelada de residuos peligrosos que no sean susceptibles de valorización.

La relación de residuos peligrosos susceptibles de valorización se publicará mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente.

Téngase en cuenta que este artículo se queda sin efecto, desde el 1 de enero de 2023 mientras exista un tributo estatal que grave el mismo hecho imponible, según establece la disposición adicional 23 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-1604

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-1604.

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