Artículo 72.
Artículo 72 de la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de Concentración Parcelaria para Galicia. · BOE-A-1985-23695
Atención: Ley 10/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Son infracciones muy graves:
1. Impedir u obstaculizar la toma de posesión de las nuevas fincas de reemplazo.
2. Impedir u obstaculizar la realización de las actuaciones comprendidas en el plan de obras y mejoras territoriales.