Artículo 71.
Artículo 71 del Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Geólogos. · BOE-A-2001-24079
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-20.
Texto consolidado
Por la Junta de Gobierno se nombrará el personal administrativo y subalterno que sea preciso, dándose el traslado de lo adoptado a la próxima Asamblea General para su conocimiento.