Artículo 71. Tipos de órganos.
Artículo 71 del Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2011-14987
Atención: Real Decreto 1239/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La dirección y administración de la UNED se articula a través de órganos de gobierno y representación:
a) Colegiados:
1.º De la Universidad: el Consejo social, el Claustro universitario y el Consejo de Gobierno.
2.º De los centros: Junta de Facultad o Escuela, Comité de Dirección de la Escuela Internacional de Doctorado, Consejo de Departamento y Consejo de Instituto Universitario de Investigación.
b) Unipersonales:
1.º De la Universidad: Rector, Vicerrectores, Secretario General y Gerente.
2.º De los centros: Decanos, Directores de Escuela, Director de la Escuela Internacional de Doctorado, Vicedecanos o subdirectores, Secretarios de Facultad o Escuela, Directores y Secretarios de Departamento y Directores y Secretarios de Instituto Universitario de Investigación.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-19905.