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Orden Vigente

Artículo 71. Situación de los alumnos que causan baja.

Artículo 71 de la Orden PCM/6/2021, de 11 de enero, por la que se regulan para la Guardia Civil las normas de la organización y funcionamiento de sus centros docentes de formación y el régimen de su alumnado, y los requisitos generales y las condiciones del ejercicio del profesorado en sus centros docentes. · BOE-A-2021-520

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-14.

Texto consolidado

La situación de quienes causen baja como alumnos en los centros docentes de formación, será la siguiente:

a) Al causar baja los alumnos perderán su condición de militar, y el empleo militar que hubieran podido alcanzar con carácter eventual salvo que antes de ser nombrados alumnos tuvieran adquirida la condición de militar, en cuyo caso se reincorporarán a la escala de origen con el empleo previamente adquirido a su ingreso en el centro.

b) Tendrán derecho a las prestaciones previstas en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con la legislación que les resulte de aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-14.

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