Artículo 71. Reducciones de la sanción.
Artículo 71 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad. · BOE-A-2018-8953
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-23.
Texto consolidado
1. Iniciado el procedimiento sancionador, la persona presuntamente responsable podrá pagar voluntariamente, en cualquier momento anterior a la resolución, con una reducción del 50% sobre el importe de la sanción propuesta.
2. El pago voluntario implicará la terminación del procedimiento y su efectividad estará condicionada a la renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.