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Ley Vigente

Artículo 71. Inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad.

Artículo 71 de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2023-15468

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-12.

Texto consolidado

1. Los documentos de titularidad pública, en su condición de bienes de dominio público, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.

2. Los documentos de titularidad pública gozan de una especial protección, previa a su posible inscripción como bienes reconocidos del Patrimonio Documental Madrileño. Por ello, no pueden ser eliminados salvo en los términos previstos en los artículos 55 y 56.

3. La Comunidad de Madrid podrá recuperar en todo momento estos documentos cuando se hallen indebidamente en posesión de terceros, adoptando las medidas legales oportunas para conseguir su devolución.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-05-12.

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