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Ley Vigente

Artículo 71. Información y protección al usuario.

Artículo 71 de la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón. · BOE-A-2019-993

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-20.

Texto consolidado

1. Las instalaciones deportivas convencionales de uso público o aquellas no convencionales que se puedan destinar ocasionalmente a la prestación de servicios de carácter deportivo, cualquiera que sea la entidad o persona titular, deben ofrecer como mínimo en un lugar visible y accesible al público y a los usuarios la siguiente información:

a) Titularidad de la instalación y, en su caso, del gestor o adjudicatario de la explotación.

b) Características técnicas de la instalación y de su equipamiento.

c) Calendario de apertura y horario de funcionamiento.

d) Reglamento de uso, que incluya los derechos y obligaciones generales de los usuarios.

e) Plan de emergencia, conforme a la normativa vigente.

2. Reglamentariamente se establecerá la información que habrá de estar a disposición de los usuarios en relación con los diferentes servicios que se presten desde estas instalaciones deportivas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-12-20.

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