Artículo 70. Plazo máximo para notificar las resoluciones.
Artículo 70 de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2022-4920
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-09-14.
Texto consolidado
El plazo máximo para notificar las resoluciones a las que hacen referencia los artículos 79, 84 y 87 será de doce meses a contar desde la iniciación del procedimiento. La falta de notificación de la resolución en dicho plazo comporta la desestimación de la solicitud para los supuestos de los artículos 84 y 87.
Se amplía el plazo máximo para notificar que pasa a ser de doce meses por el art. único.12 de la Ley 5/2024, de 6 de septiembre. Ref. BOE-A-2025-4170
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-4170.