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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 70. Ordenación y ejecución material del pago.

Artículo 70 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. · BOE-A-2007-3825

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-11.

Texto consolidado

1. Corresponderá a la dirección general competente en materia de tesoro la ordenación general y materialización de pagos de los entes del sector público con presupuesto limitativo a que se refiere el apartado 1 del artículo 3 de esta ley, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias.

2. Las órdenes de pago se expedirán a favor del acreedor que figure en la correspondiente propuesta de pago, si bien el Gobierno podrá regular los supuestos en que puedan expedirse a favor de habilitaciones, así como de entidades colaboradoras en la gestión de subvenciones y otros agentes mediadores en el pago, que actuarán como intermediarias para su posterior entrega a las personas acreedoras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-11-11.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias..

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