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Resolución Derogada

Artículo 7.

Artículo 7 de la Resolución de 6 de junio de 2013, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Pesca y Casting. · BOE-A-2013-6895

Atención: BOE-A-2013-6895 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Para alcanzar y ejercer sus objetivos y funciones la Federación Española de Pesca y Casting cuenta con las siguientes competencias propias:

a) Ostentar la representación de España en las actividades y competiciones oficiales de carácter internacional.

b) Expedir las licencias federativas siguiendo lo dispuesto en la normativa vigente y sus Reglamentos.

c) Homologar, si procede, las licencias federativas de las Federaciones de ámbito autonómico.

d) Elaborar y aprobar sus Estatutos y Reglamentos.

e) Confeccionar sus propios presupuestos y cuidar de su ejecución.

f) Conocer y resolver los conflictos e incidentes deportivos que puedan originarse en el desarrollo de sus actividades y competiciones.

g) En general cuantas actividades estén comprendidas dentro de su objeto social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-04-27.

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