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Real Decreto-ley Vigente

Artículo 7. Afectación de los recursos.

Artículo 7 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma. · BOE-A-2022-10557

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-27.

Texto consolidado

Los importes que perciban las comunidades autónomas y las entidades locales con cargo al crédito extraordinario que se autoriza deberán destinarse exclusivamente a financiar la prestación del servicio de transporte público urbano o interurbano y, en todo caso, a compensar a los operadores de transporte por la merma de ingresos que ha supuesto la implantación de la medida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-06-27.

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