Artículo 7. Normas de funcionamiento.
Artículo 7 del Real Decreto 94/2018, de 2 de marzo, por el que se crea la Comisión Interministerial para la incorporación de criterios sociales en la contratación pública. · BOE-A-2018-3081
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-09.
Texto consolidado
1. La Comisión se constituirá en el plazo de un mes desde la entrada en vigor del presente real decreto.
2. La Comisión será convocada por su Presidente por decisión propia, a petición de alguno de los Vicepresidentes, o a petición de al menos un tercio de sus miembros. En todo caso se convocará como mínimo una vez al año.
3. El régimen de funcionamiento de la Comisión se ajustará a lo previsto en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.