Artículo 7. Extensión del Plan general al Instituto Nacional de la Seguridad Social y al Instituto Social de la Marina.
Artículo 7 del Real Decreto 860/2018, de 13 de julio, por el que se regulan las actividades preventivas de la acción protectora de la Seguridad Social a realizar por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. · BOE-A-2018-10065
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-19.
Texto consolidado
El Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina podrán interesar que se dispensen los programas y actividades establecidos en la norma que anualmente adopte la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, a favor de las empresas y los trabajadores comprendidos en sus respectivos ámbitos de gestión, a cuyo efecto solicitarán del órgano de dirección y tutela de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social la extensión del Plan general y formalizarán con aquellas convenios a estos fines, los cuales requerirán la conformidad previa del órgano citado.
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