El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 7. Notificación de especificaciones relativas a la interfaz radioeléctrica y asignación de clases de equipos radioeléctricos.

Artículo 7 del Real Decreto 188/2016, de 6 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se establecen los requisitos para la comercialización, puesta en servicio y uso de equipos radioeléctricos, y se regula el procedimiento para la evaluación de la conformidad, la vigilancia del mercado y el régimen sancionador de los equipos de telecomunicación. · BOE-A-2016-4444

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-06-13.

Texto consolidado

1. La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información publicará en el «Boletín Oficial del Estado», mediante resolución, las interfaces de equipos radioeléctricos que puedan ser utilizadas en España.

2. Estas interfaces podrán ser de dos tipos:

a) Interfaces radioeléctricas que utilizan el espectro radioeléctrico de forma armonizada en toda la Unión Europea.

b) Interfaces radioeléctricas nacionales que no utilizan el espectro radioeléctrico de forma armonizada en toda la Unión Europea.

Este último tipo de interfaces deberán ser notificadas a la Comisión Europea de conformidad con el procedimiento establecido en la Directiva 2015/1535/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información, para que les sea asignado una clase de equipo radioeléctrico.

3. Los equipos radioeléctricos destinados a ser utilizados mediante una determinada interfaz radioeléctrica no podrán ser usados en España utilizando otra interfaz radioeléctrica diferente de la indicada por el fabricante en la declaración UE de conformidad con normas del equipo radioeléctrico.

En caso contrario, la responsabilidad por uso indebido de la interfaz de radio, recaerá en el agente económico, instalador o usuario que haya alterado los parámetros de uso de la interfaz declarada.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-06-13.

Más artículos de Real Decreto 188/2016

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 188/2016 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.