Artículo 7.
Artículo 7 del Real Decreto 1694/1995, de 20 de octubre, por el que se regulan las actividades escolares complementarias, las actividades extraescolares y los servicios complementarios de los centros concertados. · BOE-A-1995-25948
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-12-02.
Texto consolidado
En caso de producirse el incumplimiento de las disposiciones establecidas en este Real Decreto, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 62 de la LODE y los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos.