Artículo 7. Extinción de la comisión.
Artículo 7 del Real Decreto 1301/2009, de 31 de julio, por el que se crea la Comisión interministerial para la designación de la sociedad gestora del Fondo de Titulización del Déficit del Sistema Eléctrico. · BOE-A-2009-12751
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-02.
Texto consolidado
La comisión interministerial quedará automáticamente extinguida una vez designada la sociedad gestora del Fondo de Titulización del Déficit del Sistema Eléctrico.