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Real Decreto Derogada

Artículo 7. El referente de la evaluación y la acreditación.

Artículo 7 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. · BOE-A-2009-13781

Atención: Real Decreto 1224/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La evaluación y la acreditación tendrán como referentes las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales que estén incluidas en títulos de formación profesional y/o en certificados de profesionalidad.

2. Para la evaluación de la competencia profesional en una determinada unidad de competencia, se tomarán como referentes las realizaciones profesionales, los criterios de realización y el contexto profesional incluidos en cada una de ellas, de acuerdo con los criterios que se fijen en las correspondientes guías de evidencias a que se refiere el artículo 9.2.c).

3. Cada unidad de competencia será la unidad mínima de acreditación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-08-26.

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