El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 7.

Artículo 7 del Real Decreto 1084/1991, 5 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas. · BOE-A-1991-18227

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-07-16.

Texto consolidado

Cualquiera que sea el procedimiento de constitución los fundadores y promotores de las Sociedades Anónimas Deportivas no podrán reservarse ventajas o remuneraciones de cualquier tipo, salvo las menciones honoríficas que la Sociedad Anónima Deportiva acuerde otorgarles.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-07-16.

Más artículos de Real Decreto 1084/1991

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1084/1991 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.