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Real Decreto Derogada

Artículo 7. Descripciones del producto.

Artículo 7 del Real Decreto 1079/2002, de 18 de octubre, por el que se regulan los contenidos máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono de los cigarrillos, el etiquetado de los productos del tabaco, así como las medidas relativas a ingredientes y denominaciones de los productos del tabaco. · BOE-A-2002-20273

Atención: Real Decreto 1079/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A partir del 30 de septiembre de 2003, y sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 5, se prohíbe la utilización en las unidades de envasado de productos del tabaco comercializados en España de textos, nombres, marcas e imágenes u otros signos que den la impresión de que un determinado producto del tabaco es menos nocivo que otros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-10-19.

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