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Orden Vigente

Artículo 7. Otros ingresos en el sistema de liquidaciones.

Artículo 7 de la Orden TEC/1366/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2019. · BOE-A-2018-17606

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

Texto consolidado

En virtud de lo establecido en la Disposición adicional primera del Real Decreto Ley 15/2018, de 5 de octubre, se destinará un importe procedente del superávit de ingresos del sistema eléctrico para cubrir el desajuste temporal entre ingresos y costes del sistema que pudieran surgir en el año 2018 y 2019.

El importe que se transfiera en virtud de lo establecido en el párrafo anterior será el estrictamente necesario para cubrir el desajuste temporal entre ingresos y costes del sistema y la cuantía concreta, cuyo límite será el citado superávit, será aprobada por la Ministra para la Transición Ecológica y comunicada al órgano encargado de las liquidaciones para que la tenga en cuenta en la liquidación de cierre del ejercicio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

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