El Vínculo El Vínculo.
Orden Derogada

Artículo 7. Del Comité Ejecutivo.

Artículo 7 de la Orden SCO/1840/2002, de 1 de julio, por la que se publican los Estatutos Provisionales del Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales. · BOE-A-2002-14421

Atención: Orden SCO/1840/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Al Comité Ejecutivo le compete:

a) La representación oficial del Consejo General.

b) La ejecución de los acuerdos de la Asamblea general.

c) El control y supervisión de los órganos de expresión oficial del Consejo General.

d) La coordinación entre los Colegios Profesionales.

e) La elaboración de borradores de anteproyectos de reglamentos, códigos y demás normas de ámbito estatal.

f) La aprobación de los anteproyectos de presupuestos del Consejo General.

g) El cuidado y mantenimiento de los bienes inmuebles, mobiliario, instalaciones y patrimonio, en general, del Consejo.

h) La coordinación y el apoyo a las sociedades científicas vinculadas al Consejo.

i) La elaboración y emisión de informes sobre las propuestas legislativas de la Administración General del Estado.

j) La ejecución de los presupuestos del Consejo General.

k) Resolver los recursos ante el Consejo General, cuando sea competencia de este.

l) Ejercer las funciones disciplinarias que los Estatutos atribuyan al Consejo General, para lo que nombrará, en su caso, instructor y secretario, quienes instruirán el expediente y confeccionarán la propuesta de resolución que presentarán al Comité Ejecutivo.

m) Promover medidas de imagen de la profesión.

n) Informar a los Colegios de cuantas cuestiones les afecten.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-19.

Más artículos de Orden SCO/1840/2002

En El Vínculo puedes leer Orden SCO/1840/2002 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.