Artículo 7. Consultas al REG-AGE.
Artículo 7 de la Orden PCM/1382/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico General en el ámbito de la Administración General del Estado. · BOE-A-2021-20477
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-12.
Texto consolidado
Desde el servicio electrónico de registro accesible desde la sede electrónica del Punto de Acceso General, el interesado podrá consultar sus asientos registrales realizados en el REG-AGE mediante dicho servicio, que contendrá, al menos:
a) El estado de las presentaciones.
b) El recibo de los asientos registrales.
c) Los documentos adjuntos correspondientes al asiento registral.