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Orden Vigente

Artículo 7. Medios para la formulación de sugerencias y quejas.

Artículo 7 de la Orden JUS/485/2010, de 25 de febrero, por la que se crea la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. · BOE-A-2010-3609

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-06.

Texto consolidado

Los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas en relación con el contenido, gestión y servicios ofrecidos en la SEMJ son los siguientes:

a) Presentación presencial o por correo postal ante los registros generales y las oficinas de atención al público de los servicios centrales y de las oficinas periféricas del Departamento, dirigidas a los órganos u organismos responsables, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 15 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.

b) Presentación telemática a través del Registro Electrónico sito en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

No se considerarán medios para la formulación de sugerencias y quejas los servicios de asesoramiento electrónico al usuario para la correcta utilización de la sede, sin perjuicio de su obligación, cuando existan, de atender los problemas que susciten los ciudadanos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-03-06.

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