Artículo 7. Medios para la formulación de sugerencias y quejas.
Artículo 7 de la Orden JUS/485/2010, de 25 de febrero, por la que se crea la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. · BOE-A-2010-3609
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-06.
Texto consolidado
Los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas en relación con el contenido, gestión y servicios ofrecidos en la SEMJ son los siguientes:
a) Presentación presencial o por correo postal ante los registros generales y las oficinas de atención al público de los servicios centrales y de las oficinas periféricas del Departamento, dirigidas a los órganos u organismos responsables, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 15 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.
b) Presentación telemática a través del Registro Electrónico sito en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
No se considerarán medios para la formulación de sugerencias y quejas los servicios de asesoramiento electrónico al usuario para la correcta utilización de la sede, sin perjuicio de su obligación, cuando existan, de atender los problemas que susciten los ciudadanos.