Artículo 7. Desarrollo.
Artículo 7 de la Orden JUS/1492/2007, de 21 de mayo, sobre organización de la Abogacía del Estado en el ámbito autonómico. · BOE-A-2007-10765
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-19.
Texto consolidado
La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado podrá dictar cuantas instrucciones sean precisas para el desarrollo y aplicación de la presente Orden.