El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 7. Duración de los cursos.

Artículo 7 de la Orden INT/209/2025, de 27 de febrero, por la que se regula la duración, el contenido y los requisitos de los cursos de conducción segura y eficiente cuya realización conlleve la recuperación o bonificación de puntos, así como los mecanismos de control y certificación. · BOE-A-2025-4407

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-26.

Texto consolidado

Cada curso tendrá, en todo caso, una duración mínima de seis horas lectivas, que incluirá formación teórica y práctica presencial. Las seis horas serán de formación efectiva sin que pueda incluirse en este tiempo el destinado a la tramitación administrativa, inspección de los vehículos, descansos o cualquier otra actividad de naturaleza accesoria. La distribución será de la siguiente manera:

a) Formación teórica mínima: una hora y cuarenta y cinco minutos.

b) Formación práctica mínima: cuatro horas y quince minutos.

Los cursos podrán realizarse en una o dos sesiones. La formación teórica podrá ser distribuida a lo largo de las sesiones, intercalándola con la formación práctica para reforzar los mensajes, debiendo impartirse obligatoriamente media hora al inicio del curso y otra media hora a la finalización del mismo a modo de conclusiones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-03-26.

Más artículos de Orden INT/209/2025

En El Vínculo puedes leer Orden INT/209/2025 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.