Artículo 7. Disposiciones relativas al cumplimiento de determinados requisitos.
Artículo 7 de la Orden ESS/256/2018, de 12 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral. · BOE-A-2018-3762
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-18.
Texto consolidado
1. La acreditación del cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.1.d) del Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, y de la realización de las inversiones a las que se refiere el artículo 3.2 del mismo real decreto, se realizará mediante la presentación de declaración responsable, conforme al modelo recogido en el anexo III, que acompañará a la solicitud de la que, en su caso, formará parte.
El importe de las inversiones declaradas se consignará sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido y deberá desglosarse por los ejercicios naturales del periodo de observación solicitado.
2. La verificación del cumplimiento del requisito establecido en el artículo 2.1.c) del Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social, que informará a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
3. Corresponderá a la empresa mantener a disposición de los órganos de control citados en el artículo 9 del Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, la documentación relativa a las inversiones realizadas en las actividades preventivas complementarias incluidas en su declaración responsable que, en su caso, hubieran realizado.
Más artículos de Orden ESS/256/2018
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- Ver la norma completa: Orden ESS/256/2018, de 12 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral.