Artículo 7. Compromisos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Artículo 7 de la Orden ESS/1554/2016, de 29 de septiembre, por la que se regula el procedimiento para el registro y publicación de las memorias de responsabilidad social y de sostenibilidad de las empresas, organizaciones y administraciones públicas. · BOE-A-2016-8964
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-10-02.
Texto consolidado
La Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas se compromete a realizar las siguientes actividades:
a) Almacenar en el repositorio las Memorias de Responsabilidad Social y de Sostenibilidad, así como los informes que den respuesta a la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, de las entidades solicitantes que hayan cumplido los requisitos exigidos.
b) Publicar dichas memorias e informes, en el caso de que las entidades obtengan resolución favorable de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, en la página Web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
c) Incluir a las entidades que publiquen sus memorias e informes en la relación de entidades comprometidas con la responsabilidad social que se publicará en la página Web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
d) Reconocer a las empresas o entidades cuyas memorias han sido registradas y publicadas, al haber cumplido los requisitos establecidos en la presente orden.
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