El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 7. Informe anual de gobierno corporativo de las entidades que emitan valores que se negocien en mercados oficiales.

Artículo 7 de la Orden ECC/461/2013, de 20 de marzo, por la que se determinan el contenido y la estructura del informe anual de gobierno corporativo, del informe anual sobre remuneraciones y de otros instrumentos de información de las sociedades anónimas cotizadas, de las cajas de ahorros y de otras entidades que emitan valores admitidos a negociación en mercados oficiales de valores. · BOE-A-2013-3212

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-24.

Texto consolidado

1. De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 26/2003, de 17 de julio, se realizarán las adaptaciones precisas al contenido y estructura del informe anual de gobierno corporativo de las entidades que emitan valores que se negocien en mercados oficiales de valores.

Las medidas concretas sobre el contenido y estructura del mencionado informe, con arreglo a lo establecido en esta orden, tendrán presente la naturaleza jurídica de las diferentes categorías de entidades a las que se les aplica lo dispuesto en la citada disposición adicional tercera.

2. En todo caso, el informe anual de gobierno corporativo tendrá el contenido mínimo siguiente:

a) Estructura de propiedad de la entidad, con información sobre cualquier restricción a la transmisibilidad de valores y cualquier restricción al derecho de voto.

b) Funcionamiento de la junta general u órgano equivalente, con información relativa al desarrollo de las reuniones que celebre.

c) Estructura de la administración de la entidad, con información relativa a las retribuciones del órgano de administración o equivalente, así como al número de consejeras que integran el consejo de administración y sus comisiones, u órganos equivalentes, en los términos previstos en el artículo 5.3.f) de esta orden.

d) Operaciones vinculadas de la entidad con sus accionistas, partícipes, cooperativistas, titulares de derechos dominicales o cualquier otro de naturaleza equivalente y sus administradores y cargos directivos, y operaciones intragrupo.

e) Sistemas de control de riesgos.

f) Descripción de las principales características de los sistemas internos de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de la información financiera. La información se desglosará a partir de los siguientes componentes básicos: entorno de control, evaluación de riesgos, actividades de control, información y comunicación, y supervisión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-03-24.

Más artículos de Orden ECC/461/2013

En El Vínculo puedes leer Orden ECC/461/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.