Artículo 7. Informe anual de gobierno corporativo de las entidades que emitan valores que se negocien en mercados oficiales.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-24.
Texto consolidado
1. De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 26/2003, de 17 de julio, se realizarán las adaptaciones precisas al contenido y estructura del informe anual de gobierno corporativo de las entidades que emitan valores que se negocien en mercados oficiales de valores.
Las medidas concretas sobre el contenido y estructura del mencionado informe, con arreglo a lo establecido en esta orden, tendrán presente la naturaleza jurídica de las diferentes categorías de entidades a las que se les aplica lo dispuesto en la citada disposición adicional tercera.
2. En todo caso, el informe anual de gobierno corporativo tendrá el contenido mínimo siguiente:
a) Estructura de propiedad de la entidad, con información sobre cualquier restricción a la transmisibilidad de valores y cualquier restricción al derecho de voto.
b) Funcionamiento de la junta general u órgano equivalente, con información relativa al desarrollo de las reuniones que celebre.
c) Estructura de la administración de la entidad, con información relativa a las retribuciones del órgano de administración o equivalente, así como al número de consejeras que integran el consejo de administración y sus comisiones, u órganos equivalentes, en los términos previstos en el artículo 5.3.f) de esta orden.
d) Operaciones vinculadas de la entidad con sus accionistas, partícipes, cooperativistas, titulares de derechos dominicales o cualquier otro de naturaleza equivalente y sus administradores y cargos directivos, y operaciones intragrupo.
e) Sistemas de control de riesgos.
f) Descripción de las principales características de los sistemas internos de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de la información financiera. La información se desglosará a partir de los siguientes componentes básicos: entorno de control, evaluación de riesgos, actividades de control, información y comunicación, y supervisión.
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- Ver la norma completa: Orden ECC/461/2013, de 20 de marzo, por la que se determinan el contenido y la estructura del informe anual de gobierno corporativo, del informe anual sobre remuneraciones y de otros instrumentos de información de las sociedades anónimas cotizadas, de las cajas de ahorros y de otras entidades que emitan valores admitidos a negociación en mercados oficiales de valores.