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Orden Derogada 2 redacciones

Artículo 7. Jefatura de Apoyo para la Acción Conjunta.

Artículo 7 de la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, por la que se desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2015-1232

Atención: Orden DEF/166/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Jefatura de Apoyo para la Acción Conjunta (JAAC), cuyo titular será el Jefe del EMACON, se articula en:

a) La Jefatura de Sanidad Operativa (JESANOP).

b) La Jefatura de Sistemas de Información y Telecomunicaciones de las Fuerzas Armadas (JCISFAS).

c) La Unidad de Verificación Española (UVE).

d) La Célula Nacional C-IED (CENCIED).

2. La JESANOP será responsable de dirigir y coordinar los aspectos relacionados con la sanidad operativa de las FAS, siendo en esta materia el principal asesor del JEMAD. Para ello, impartirá directrices para orientar la preparación y empleo de las capacidades sanitarias operativas derivadas del Planeamiento Militar. Además, asesorará al JEMAD para el desarrollo y establecimiento de las normas de acción conjunta en este ámbito.

3. La JCISFAS será responsable de elaborar los requerimientos de los Sistemas de Información y Telecomunicaciones (CIS, por sus siglas en inglés) de la estructura operativa de las FAS, incluyendo los Sistemas de Guerra Electrónica (EW, por sus siglas en inglés) y de Observación de la Tierra (SOT). Efectuará el seguimiento de las actividades correspondientes a la obtención y operación de dichos Sistemas de Información y Telecomunicaciones, incluido los ámbitos de la Seguridad de la Información y Ciberdefensa, evaluando y supervisando su eficacia operativa. Prestará el apoyo a la estructura operativa de las FAS en lo que corresponda a medios CIS, de EW y SOT conforme a las directrices que se establezcan y a los acuerdos específicos al efecto entre el JEMAD y el Secretario de Estado de Defensa. Asesorará al JEMAD en los aspectos CIS de Mando y Control Militar relativos a la dependencia funcional establecida en el artículo 19.2. Asimismo, será la representante ante las OISD en los aspectos CIS del ámbito de responsabilidad del EMAD y apoyará al JEMAD, en estos aspectos, en el planeamiento y conducción estratégica de las operaciones.

4. La UVE será responsable de planear, coordinar, controlar y ejecutar las actividades que corresponden a las FAS, en conjunción con las llevadas a cabo por otros órganos de la Administración, derivadas de la asunción por parte de España de diversos compromisos internacionales relacionados con el desarme, el control de armamentos y el establecimiento de medidas de confianza y seguridad, así como de la verificación del cumplimiento de los mismos por otros Estados.

5. La CENCIED será responsable de impulsar y coordinar el desarrollo de la capacidad de lucha Contra Artefactos Explosivos Improvisados (C-IED, por sus siglas en inglés) en las FAS y la postura de ésta ante las OISD en este ámbito, así como de apoyar al EMACON en la determinación de las capacidades C-IED y en el planeamiento y conducción estratégica de operaciones militares y, en su caso, al MOPS. Constituye el enlace nacional con el Centro de Excelencia C-IED y con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en esta materia.#dfprimera.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-09-19.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Orden DEF/1887/2015, de 16 de septiembre, por la que se desarrolla la organización básica del Estado Mayor de la Defensa..

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