Artículo 7. Secretaría Permanente.
Artículo 7 de la Orden DEF/1012/2018, de 19 de septiembre, por la que se crea la Red de Laboratorios del Ministerio de Defensa. · BOE-A-2018-13407
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-10-23.
Texto consolidado
La Secretaría Permanente tendrá las siguientes funciones:
a) Analizar la documentación entregada por un laboratorio para su calificación, para presentar el expediente a la Comisión Técnico-Asesora de Calificación de Laboratorios.
b) Mantener el registro de los laboratorios calificados y prepararlo para su difusión.
c) Representar al Ministerio de Defensa en los grupos de trabajo de los organismos nacionales e internacionales que gestionen registros similares.
d) Convocar a los responsables de campo tecnológico, así como a otros expertos externos a la Comisión Técnico-Asesora de Calificación de Laboratorios que resulten necesarios para el desarrollo de las reuniones de esta Comisión.
e) Elaborar procedimientos documentados para la gestión de la Red de Laboratorios del Ministerio de Defensa, bajo la supervisión de la Comisión Técnico-Asesora de Calificación de Laboratorios, con la aprobación del Subdirector General de Inspección, Regulación y Estrategia Industrial de Defensa y dentro del sistema de gestión documental de la Subdirección General de Inspección, Regulación y Estrategia Industrial de Defensa.