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Orden Derogada

Artículo 7. Estructura.

Artículo 7 de la Orden de 22 de febrero de 1999 sobre normas de funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros. · BOE-A-1999-4528

Atención: BOE-A-1999-4528 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. En cada Centro de Internamiento de Extranjeros existirán los siguientes órganos y servicios:

a) Dirección.

b) Unidad de Seguridad. Administración.

c) Junta de Régimen.

d) Servicio de Asistencia Sanitaria.

e) Servicio de Asistencia Social.

2. Los puestos de trabajo de los órganos y servicios que integran los Centros de Internamiento de Extranjeros serán desempeñados por funcionarios de las Administraciones Públicas y por personal contratado al efecto, según la naturaleza de las funciones asignadas a cada puesto de trabajo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-03-16.

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