Artículo 7.
Artículo 7 de la Orden de 14 de septiembre de 1982, que desarrolla el Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto que regula las Sociedades Agrarias de Transformación. · BOE-A-1982-26295
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-10-10.
Texto consolidado
Los libros de contabilidad, que obligatoriamente deberán llevar las Sociedades Agrarias de Transformación, serán un diario y el inventario y balances, o cualesquiera otros que debidamente autorizados se ajusten a la normativa vigente.