Artículo 7. Cuantía de la ayuda.
Artículo 7 de la Orden CUD/888/2021, de 5 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la organización de festivales y certámenes cinematográficos en España previstas en el artículo 32 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine. · BOE-A-2021-14030
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-19.
Texto consolidado
En las convocatorias se establecerá la cuantía total destinada a estas ayudas así como el importe máximo de la ayuda individual a percibir por cada festival o certamen, que no podrá superar los 250.000 euros. Para la cuantificación de cada ayuda individual se tendrán en cuenta las disponibilidades presupuestarias, el total de los gastos subvencionables declarados, la cantidad solicitada, el importe de la máxima ayuda posible a conceder, el límite establecido legalmente, la intensidad de la ayuda y la evaluación de la solicitud correspondiente.
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