Artículo 7. Infracciones y sanciones.
Artículo 7 de la Orden APA/1589/2005, de 31 de mayo, por la que se establece un plan para la pesca de langosta con nasas, en determinada zona del Cantábrico Oriental. · BOE-A-2005-9053
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-01.
Texto consolidado
El incumplimiento las normas dispuestas en la presente Orden será sancionado conforme a lo dispuesto en el título V, sobre régimen de Infracciones y Sanciones, de la ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.