Artículo 7. Colaboración entre administraciones públicas.
Artículo 7 de la Orden AAA/1260/2014, de 9 de julio, por la que se declaran Zonas de Especial Protección para las Aves en aguas marinas españolas. · BOE-A-2014-7576
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-18.
Texto consolidado
Con la finalidad de compatibilizar la efectiva protección de los valores ambientales y el uso racional de los recursos naturales existentes en las ZEPA especificadas en el artículo 1, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente promoverá la colaboración entre las Administraciones Públicas con competencias en el ámbito de dichas zonas. Esta colaboración podrá articularse a través de convenios suscritos entre las Administraciones implicadas.