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Ley Foral Vigente 2 redacciones

Artículo 7. Registro de actividades e intereses de altos cargos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 7 de la Ley Foral 19/1996, de 4 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de Navarra y de los altos cargos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. · BOE-A-1997-1256

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-19.

Texto consolidado

1. Para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley Foral se crea el Registro de actividades e intereses de altos cargos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

2. El Registro de actividades e intereses de altos cargos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra constará de dos Secciones:

a) Registro de Actividades, que tendrá carácter público, y donde se inscribirán las declaraciones y actos a que se refiere el artículo 11 de esta Ley Foral.

b) Registro de Bienes y Derechos Patrimoniales, que tendrá carácter reservado, y donde se inscribirán las declaraciones y actos a que se refieren los artículos 12 y 13 de esta Ley Foral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-19.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2007-9422.

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