Artículo 7.
Artículo 7 de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del vascuence. · BOE-A-1987-1257
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-18.
Texto consolidado
El «Boletín Oficial de Navarra» y el «Boletín Oficial del Parlamento de Navarra» se publicarán en castellano y en vascuence, en ediciones separadas y simultáneas.