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Ley Vigente

Artículo 7. Canales de información y denuncia.

Artículo 7 de la Ley 7/2023, de 10 de marzo, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2023-8710

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-14.

Texto consolidado

1. Las Administraciones públicas de Castilla-La Mancha promoverán la existencia de canales permanentes, adecuados y accesibles de denuncia de situaciones de posible riesgo, violencia o desprotección de las personas menores de edad, al alcance y de fácil acceso por parte de los niños, niñas y adolescentes, así como de cualquier persona conocedora de dichas situaciones.

2. Se establece el Portal de Infancia y Familia como un instrumento al servicio de los niños, niñas y adolescentes, así como de los jóvenes y de las familias de la región para consulta, información general, servicios de apoyo y acceso directo a actividades relacionadas con la infancia y la familia. Dicho Portal contará con un apartado específico dirigido a las personas menores de edad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-14.

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