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Ley Derogada

Artículo 7. Cometidos y órganos que la integran.

Artículo 7 de la Ley 7/2003, de 20 de marzo, de Elecciones al Parlamento de Canarias. · BOE-A-2003-7685

Atención: Ley 7/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Administración electoral tiene por finalidad garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral y del principio de igualdad.

2. Integran la Administración electoral la Junta Electoral Central, la Junta Electoral de Canarias, las Juntas Electorales Provinciales, y las de Zona, así como las Mesas Electorales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-03-25.

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