Artículo 7. Régimen de funcionamiento.
Artículo 7 de la Ley 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea. · BOE-A-2011-18155
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-09-02.
Texto consolidado
1. Se someten al derecho público las relaciones jurídicas que Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea contrae derivadas de actos de limitación, control, intervención o gravamen y, en general, aquellos que impliquen el ejercicio de potestades administrativas, incluido el régimen del silencio administrativo y la impugnación de sus actos.
2. El régimen de responsabilidad patrimonial de los actos de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea se rige por lo dispuesto en el título X de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.