Artículo 7. Los planes de ordenación de los recursos naturales.
Artículo 7 de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO). · BOE-A-2005-11132
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-10.
Texto consolidado
1. Con el fin de adecuar la gestión de los espacios de relevancia ambiental a los principios inspiradores de esta ley, el Gobierno de las Illes Balears debe planificar los recursos naturales mediante planes de ordenación de los recursos naturales.
2. La naturaleza, los objetivos, el alcance y el contenido mínimo de los planes de ordenación de los recursos naturales son los que establece la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad.
3. Los instrumentos de ordenación territorial, urbanística, energética, de recursos naturales y, en general, física, contradictorios con los planes de ordenación de los recursos naturales deben adaptarse. Hasta que no se haga esta adaptación, prevalecen las determinaciones de los planes de ordenación de recursos naturales, de acuerdo con lo que dispone el artículo 19.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad.
4. Los planes de ordenación de los recursos naturales pueden regular, en función de la capacidad de carga y los objetivos de conservación del espacio, la posibilidad de admitir, además de actividades del sector primario, otros usos compatibles con los objetivos de conservación.
5. El Plan de ordenación de recursos naturales tiene que contener un estudio de la viabilidad de los sectores económicos y tiene que identificar y señalar las medidas para el fomento y la promoción del espacio. Igualmente debe establecer la estrategia de comunicación y los mecanismos de información y asesoramiento a la población afectada.
Se modifican los apartados 2 y 3 por el art. 3 de la Ley 1/2023, de 7 de febrero. Ref. BOE-A-2023-13668
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-13668.