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Ley Vigente

Artículo 7.

Artículo 7 de la Ley 5/1986, de 17 de noviembre, de Salud Escolar. · BOE-A-1986-33110

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-21.

Texto consolidado

Por el Departamento competente de la Diputación General de Aragón se establecerán las actividades sanitarias a desarrollar para la prevención y el control de las enfermedades transmisibles que se centrarán en los aspectos siguientes:

a) Identificación de las fuentes de infección.

b) Control de los mecanismos de transmisión.

c) Ejecución de las medidas sanitarias que se consideren necesarias tendentes a conseguir los objetivos reseñados en el presente artículo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-12-21.

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