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Ley Vigente

Artículo 7.

Artículo 7 de la Ley 4/1987, de 24 de marzo, reguladora de la Escuela de Administración Pública de Cataluña. · BOE-A-1987-9678

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-28.

Texto consolidado

1. La Presidencia de la Escuela corresponderá al Consejo titular del Departamento al que se adscriba la Escuela.

2. Corresponderá al presidente:

a) Convocar las sesiones del Consejo Rector y presidirlas con voto de calidad.

b) Representar a la Escuela, estando facultado para delegar su representación ordinaria en el director.

c) Cualquier otra atribución que no esté expresamente reservada a ningún otro órgano, que también podrá delegarse.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-04-28.

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