Artículo 7.
Artículo 7 de la Ley 31/1988, de 31 de octubre, sobre Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias. · BOE-A-1988-25332
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-11-23.
Texto consolidado
Será aplicable a los actos que se realicen contra lo preceptuado en esta Ley el régimen de infracciones y sanciones previsto en la normativa que regule, con carácter general, el alumbrado de exteriores, la instalación y funcionamiento de emisoras y el establecimiento de industrias, actividades o servicios productores de contaminación atmosférica.